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venta a distancia

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Tags: comercio

Se consideran ventas a distancia “las celebradas sin la presencia física simultanea del comprador y del vendedor”, transmitiéndose la propuesta de contratación del vendedor y la aceptación del comprador por un medio de comunicación a distancia de cualquier naturaleza (correo, catálogo, televisión, radio, teléfono, internet, etc.).

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