Se llama obsolescencia programada la determinación de la duración de vida útil de un producto o de un aparato (electrodoméstico, electrónico, ,..) por parte de un fabricante de manera que, tras pasar un lapso de tiempo dado, el consumidor no tendrá más remedio que comprar otro. Para conseguir esto, puede que el fabricante utilice para la elaboración del producto unas materias primas o unos componentes de mala calidad, o incluso lo programe para que no se pueda usar tras haber transcurrido un periodo dado. Entonces, el producto dado se vuelve inservible, con el agravante de que el fabricante ya no se hace cargo ni de la reparación ni de la venta de repuestos compatibles.
Se trata pues de una estafa a los consumidores y un daño al medioambiente por la acumulación de residuos muy contaminantes generados por estas malas prácticas.
En España, la modificación de la Ley General para la Defensa de los Consumidores, que se encuadra dentro de las directrices propuestas por la Unión Europea en la línea del considerado como «derecho a reparar», pasa por dos cambios fundamentales: a partir del año 2022:
- ampliar en primer lugar la garantía básica de los productos de los dos años actuales a tres años,
- obligar a los fabricantes a prolongar la disponibilidad de piezas de repuesto de todos los equipos que vendan durante 10 años.