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garantía personal

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Compromiso adquirido por el deudor para pagar a los acreedores con sus bienes personales en caso de incumplimiento de pago. A diferencia de la garantía real que afecta un bien determinado (por ejemplo, la hipoteca), la garantía personal indica que el garante deberá aportar cualquiera de sus bienes o varios hasta que la deuda quede saldada.

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