Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

donación inter vivos

« Back to Glossary Index

Acto jurídico entre vivos por el cual una persona (donante) transfiere a otra (donatario) gratuitamente el dominio sobre una cosa y el donatario acepta.

  • El beneficiario de la donación deberá pagar el impuesto sobre sucesiones y donaciones.
  • Si la donación se realiza con dinero en efectivo el donante no tendrá que declarar plusvalía. En caso contrario, por ejemplo al donar una vivienda, el donante tendrá que declarar la plusvalía generada.

« Back to Glossary Index
Facebook
Twitter
LinkedIn
Reddit
WhatsApp
Telegram
Email
Print

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *