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Categories: Medioambiente
«De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y con los principios del derecho internacional, los Estados tienen el derecho soberano de explotar sus propios recursos en aplicación de su propia política ambiental y la obligación de asegurar que las actividades que se lleven a cabo dentro de su jurisdicción o bajo su control no perjudiquen al medio de otros Estados o de zonas situadas fuera de toda jurisdicción nacional».
El Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) entró en vigor el 29 de diciembre de 1993. Tiene los siguientes tres objetivos principales:
- La conservación de la diversidad biológica.
- La utilización sostenible de los componentes de la diversidad biológica
- La participación justa y equitativa de los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos. genéticos.
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