Una comunidad energética es una figura recientemente regulada en España donde varias personas, tanto físicas como jurídicas, se unen para generar electricidad a partir de fuentes renovables y compartirla a nivel local. La energía puede proceder de instalaciones individuales de auto-consumo o bien de una instalación colectiva.
Características
- La figura jurídica de una comunidad energéticas puede ser cualquiera que se adapte a las necesidades de sus miembros: cooperativa, consorcio, asociación, organización sin animo de lucro, etc.
- Los miembros de una comunidad energética, con el apoyo de su administración local, crean una red eléctrica propia.
- La gestión de la Comunidad, donde todos sus miembros participan, es democrática.
- El sistema de almacenamiento de energía es común.
- Se consigue una independencia frente a las grandes compañías eléctricas.
- Se reduce el gasto energético de los miembros.
- La comunidad puede vender y comprar energía de fuente renovable en el mercado eléctrico
- La comunidad aporta beneficios ambientales al consumir una energía que no emite CO2.
- Se consigue una mejor conciencia ambiental de los vecinos de la localidad.
Normativa:
- Europa: Directiva (UE) 2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo
- España: Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio